Corte valida penas de 15–30 años por compartir videos sexuales de niños

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó por unanimidad que lo previsto en la Ley General contra la Trata de Personas es constitucional: quienes difundan videos sexuales de menores serán sancionados con 15 a 30 años de prisión.

Durante la sesión del pasado miércoles, la Corte concluyó que tales penas no vulneran derechos fundamentales ni representan excesos punitivos, sino medidas proporcionales frente a estos delitos de alto daño social.

Combate frontal a la trata infantil digital

La decisión refuerza el combate jurídico a la explotación infantil, marcando precedente en el uso de sanciones severas para disuadir la distribución de contenido que viola los derechos de los niños.

Justicia alineada al dolor real

Ante demandas crecientes por proteger a menores, el tribunal responde con firmeza. Chaquetazo definitivo a cualquier intento de banalizar el daño de la pornografía infantil.

No hay defensa ni excusa posible para este tipo de abusos. Hoy, la SCJN deja claro que, en México, la justicia está del lado de los menores.

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